Es un programa de la universidad donde los estudiante se desempeña como ayudante en una asignatura y cumple actividades académicas asignadas por el docente de acuerdo a las necesidades que presentan los alumnos.
Cumplen con la
responsabilidad de atender a un grupo de estudiantes que amerite del
asesoramiento en una asignatura además de:
Cooperar en las prácticas de tarea o campo.
Preparación y distribución de material didáctico.
Supervisar exámenes.
Cooperador de la docencia (teórica y/o práctica).
Son nombrados por el Consejo de Escuela o
Consejo de Coordinación o Instituto respectivo. Trabajan 6 horas semanales. El cargo de Preparador tendrá una duración mínima de un período
académico y se proveerá por concurso. El ganador de Concurso, podrá participar en nuevos Concursos hasta que
el Reglamento lo permita. Los Preparadores Docentes están obligados a cumplir sus funciones hasta
el final de dicho período. Los cargos de Preparadores Docentes
no podrán ejercerse por un mismo alumno por un tiempo mayor al 75% de
los lapsos establecidos en el pensum de estudios correspondientes.
El estudiante que aspire a ser Preparador Docente, deberá cumplir con
los siguientes requisitos:
Ser alumno regular de la U.D.O y que haya aprobado un mínimo de doce
(12) créditos.
Haber aprobado un mínimo de sesenta (60) créditos de la especialidad
que cursa, incluyendo todas las asignaturas de Cursos Básicos, las cuales
deberían haber sido aprobadas con un promedio no inferior a seis (6) puntos.
Haber aprobado la asignatura para la cual se ofrece el cargo ó una
asignatura equivalente ó de nivel superior cuyo contenido engloben la de
aquella con un mínimo de siete (07) puntos.
Cuando la asignatura esté dividida en teoría y Laboratorio, el
aspirante deberá tener ambas aprobadas con un mínimo de siete (07) puntos.
Tener un promedio ponderado de notas en la carrera igual o superior a
siete (07) puntos y haber aprobado los últimos dos semestres por lo menos en
esa carrera con la mínima carga normal permitida.
Antes de finalizar cada lapso académico, el Jefe del Departamento,
determinará las necesidades de Preparadores Docentes de acuerdo a la Programación Académica.
Conocidas las necesidades de Preparadores Docentes, y la previa
aprobación de la Unidad Académica respectiva el Jefe del Departamento colocará
avisos convocando a la inscripción para los concursos correspondientes tomando
en cuenta las disponibilidades presupuestarias.
Los preparadores Docentes serán seleccionados mediante concurso de
credenciales.
El jurado que conocerá de los concursos de Preparadores Docentes será
designado por el Departamento y estará constituido por tres miembros del
Personal Docente ordinario que dicte o hayan dictado la asignatura objeto del
concurso.
Los concursos se efectuarán dentro de los quince (15) días antes del
inicio del próximo lapso académico. La evaluación de estos concursos se
efectuarán tomando en cuenta los siguientes índices académicos:
La calificación del estudiante en la asignatura objeto del concurso.
El promedio general ponderado de las calificaciones de las asignaturas
aprobadas en el pensum reestudios de la carrera.
Experiencia previa como Preparador Docente.
Otras credenciales académicas.
En caso de empate, se seleccionará al concursante que tenga mayor
número de créditos aprobados, luego el de mayor promedio aprobado y el último
caso el de mejor récord académico.
El resultado del concurso se publicará en la cartelera de la escuela, 5
días hábiles después del concurso.
Al final del curso, el profesor
supervisor certificará el rendimiento del preparador. El rendimiento será
evaluado como excelente, bueno, satisfactorio o insuficiente. El dictamen será
remitido al jefe de departamento correspondiente.
Las preparadurías serán remuneradas.
La ejecución presupuestaria de los cargos, de preparadores docentes
estará a cargo de la Escuela respectiva.
Los Preparadores Docentes cesarán en sus funciones al culminar los
lapsos académicos que estén señalados en el Pensum de estudios correspondientes
en la Carrera.
Los Preparadores Docentes que incurran en faltas, serán sancionados
previo informe razonado del profesor supervisor ante el Jefe del Departamento.
De acuerdo a la gravedad de la falta, el Jefe de departamento sancionará al
mismo y éste podrá consistir en amonestación verbal o escrita, o destitución
del cargo. La misma podrá ser apelada ante el Consejo de Escuela respectivo.
Los Preparadores Docentes, podrán ser destituidos en los siguientes
casos:
Por dejar de ejercer sus funciones sin motivo justificado.
A petición razonada del profesor de la materia, cuando el Preparador
demuestre notoria incapacidad para el ejercicio de sus funciones
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